LA LEY QUE MUCHOS CRITICAN Y POCOS CONOCEN: LA E.S.I.

La Ley Nacional 26.150 de Educación Sexual Integral (E.S.I.), sancionada en el año 2006, es decir hace diecisiete años, vuelve a estar en el centro de la mira luego de que los candidatos a presidente y vicepresidenta que más votos obtuvieron en las P.A.S.O hayan declarado su intención de eliminarla.  Más allá de cualquier simpatía partidaria, no podemos dejar de advertir que la ideología de la que tanto hablan es precisamente a lo que ellos apelan al argumentar contra dicha legislación. La Ley de E.S.I. no es ideológica, no está compuesta por una serie de ideas que correspondan a un determinado pensamiento. Tanto Milei como Villaruel, que representan a un gran sector de la sociedad embanderada bajo el lema “Con mis hijos no te metas”, carecen de argumentos sólidos. No por ignorancia (o sí), sino porque desconocen profundamente a la Ley de E.S.I. Pongamos sobre la mesa cuestiones fundamentales para poder discutir con fundamento y conocimiento:

  • La Ley 26.150 reconoce al niño/a y adolescente como un sujeto de derecho. Esto significa que dejan de ser considerados legalmente como objetos de tutela. Les corresponde recibir educación sexual, de la misma manera que educación lingüística o matemática.
  • Establece contenidos específicos que los/las docentes a cargo tienen la obligación de conocer y manejar. Aclaración para los más sensibles: la noción de sexualidad, excede lo meramente genital. El concepto que toma la Ley es un concepto que aporta la Organización Mundial de la Salud en el año 2000 (sí, hace veintitrés años). Sexualidad abarca no sólo lo genital, sino actitudes, creencias, emociones, valores y prácticas, entre otros. Cada uno de estos contenidos están determinados por el Ministerio de Educación según la edad y etapa escolar. Los/las docentes no dan los contenidos que se les da la gana, como tampoco lo hace el profesor de Geografía o la seño de tercer grado, deben seguir lineamientos curriculares claros, como cualquier docente.
  • Ideología de género es lo opuesto a perspectiva de género. Los orígenes de la primera expresión corresponden al Vaticano, quien, a partir de esta expresión, pretende menoscabar los derechos sexuales y reproductivos. Llama la atención que un partido político que reivindica “la libertad” defienda una serie de creencias pertenecientes a quienes históricamente tuvieron el monopolio sobre el control de la sexualidad. La perspectiva, en cambio, se trata de una posición ajustada a la realidad, posicionada a partir de la observación empírica.
  • Recibir E.S.I no adelanta ningún tipo de iniciación sexual, al contrario. Está demostrado que la puesta en palabras y el conocimiento sobre la sexualidad retrasa el paso al acto.
  • La Ley contempla cinco grandes ejes: Derechos, Cuerpo y Salud, Género, Diversidad y Afectividad. Dentro de cada eje están contemplados los contenidos, objetivos, orientaciones y propuestas de actividades correspondientes a cada nivel de la escolaridad obligatoria.
  • La Ley de E.S.I. previene el abuso sexual infantil: posee un enfoque jurídico que aborda la prevención de diferentes tipos de abuso, convirtiéndose la escuela en el lugar principal donde niños/as y adolescentes pueden expresarse si sufren cualquier tipo de vulneración. Este punto es de suma importancia ya que muchos de estos hechos ocurren en el ámbito intrafamiliar.

Para finalizar, mientras difundimos una serie de mentiras y mitos con respecto a la Ley de E.S.I., se ponen en juego los derechos de los niños/as y adolescentes que preguntan, que no siempre son conscientes de los peligros que corren al intentar “informarse” de ciertos temas a través de internet, que sufren en silencio discriminación, bullying, que se autolesionan, que no reciben información confiable o fundamentada.

Como docente y psicóloga, no veo más que avances en cada uno de los temas mencionados, a partir de la implementación de una ley a la que tanto le temen ciertos sectores que hasta hoy no fueron capaces de revisar sus prácticas, creencias y saberes.

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